Sea cual sea tu caso, hay una vía. La buscamos, te la explicamos y la tramitamos: arraigos, residencia, familia, nacionalidad, estudios y homologaciones.
Las vías del reglamento vigente para pasar de la situación irregular a una residencia con permiso de trabajo. La regla general son dos años en España.
2 años en España
Arraigo social
Para quien lleva dos años seguidos en España y puede demostrar que su vida ya está aquí: convivencia, vínculos y medios para mantenerse. No exige oferta de trabajo.
Qué incluye
Estudio de la permanencia y de las ausencias que computan
Informe de arraigo ante los servicios sociales
Acreditación de medios económicos y vínculos familiares
Presentación telemática y seguimiento hasta la resolución
Dos años seguidos en España y un contrato de 20 horas semanales o más, con una duración superior a 90 días. Vale temporal, fijo discontinuo o de sustitución, siempre que respete el convenio.
Qué incluye
Revisión del contrato antes de firmarlo
Comprobación de la solvencia y el alta del empleador
Para quien lleva dos años en España y se compromete a cursar formación reglada o un certificado de profesionalidad. Permite estudiar y trabajar a la vez, y al terminar se pasa a una residencia estable.
Qué incluye
Elección del itinerario formativo con salida laboral
Matrícula y justificación del compromiso de formación
Figura nueva para quien tuvo residencia y no logró renovarla. Pide dos años seguidos en España desde entonces. Permite volver a la situación regular sin empezar de cero.
Qué incluye
Reconstrucción de tu historial de residencia y cotizaciones
Análisis de por qué no se renovó y qué efectos tiene
Para vivir y trabajar en España con todas las garantías. Autorizaciones iniciales, cambios de un tipo a otro y renovaciones antes de que caduque la tarjeta.
Sin trabajar aquí
Residencia no lucrativa
Para quien acredita rentas o patrimonio suficientes y un seguro médico privado con cobertura completa. Se pide en el consulado del país de origen y se renueva ya desde España.
Qué incluye
Cálculo del IPREM que te exigen según tu familia
Revisión del seguro médico y de los justificantes de renta
Expediente consular y apostillados
Renovación y paso posterior a residencia y trabajo
Autorización de la Ley de Startups para quien teletrabaja para clientes o empresas del extranjero. Se resuelve rápido, permite traer a la familia en la misma solicitud y da acceso a un régimen fiscal propio.
Qué incluye
Verificación de la antigüedad de la relación laboral o mercantil
Documentación de la empresa extranjera y de sus ingresos
Para titulados, mandos y especialistas contratados por empresas en España. Se tramita ante la Unidad de Grandes Empresas, en plazos muy cortos y sin pasar por la situación nacional de empleo.
Qué incluye
Análisis del puesto, el salario y la titulación exigida
Documentación de la empresa que contrata
Solicitud ante la UGE y seguimiento
Autorizaciones para los familiares que te acompañan
Controlamos los plazos y preparamos la renovación con antelación. También los cambios de una autorización a otra: de estudios a trabajo, de cuenta ajena a propia o de no lucrativa a laboral.
Qué incluye
Aviso con antelación antes de cada caducidad
Revisión de cotizaciones, contrato y medios de vida
Desde mayo de 2025 los familiares de españoles tienen un permiso propio, más amplio que el antiguo arraigo familiar. Aquí también entra la reagrupación y la documentación de los menores.
5 años · con trabajo
Residencia por familiar de ciudadano español
Es la vía para cónyuges, parejas registradas, hijos y padres de españoles. La creó el reglamento de 2024 y la desarrollan las Instrucciones SEM 2/2025. Dura cinco años, habilita a trabajar desde el primer día y se puede pedir estando ya en España, incluso en situación irregular, sin volver al país de origen. Si tu familiar es de otro país de la UE, la vía es distinta y también la tramitamos.
Para residentes legales que quieren reunir a su familia. Hay que acreditar vivienda adecuada, con informe de la comunidad autónoma, y medios suficientes según cuántas personas vengan.
Regularizamos a los menores a tu cargo: nacidos en España, reagrupados o llegados por otras vías. Incluye la escolarización y el acceso a la sanidad mientras se resuelve.
Qué incluye
Inscripción del menor y obtención de su documentación
El último paso del camino. Preparamos el expediente, los exámenes y la jura hasta que tienes el DNI en la mano.
10, 5, 2 o 1 año
Nacionalidad por residencia
La vía general pide diez años de residencia legal seguida. Baja a cinco para refugiados, a dos para Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes, y a uno en varios casos familiares.
La CCSE evalúa conocimientos de la Constitución y de la sociedad española. El DELE A2 acredita el idioma y solo lo necesitan quienes no vienen de un país hispanohablante.
Qué incluye
Matrícula en el centro y la convocatoria que te venga bien
Miramos si te toca una vía distinta a la residencia: opción por patria potestad o filiación, recuperación de la nacionalidad perdida o los supuestos de la Ley de Memoria Democrática.
Qué incluye
Estudio del árbol genealógico y de tus papeles
Búsqueda de partidas en registros de España y de fuera
Presentación ante el Registro Civil o el consulado
Concedida la nacionalidad hay un plazo para jurar la Constitución. Nos ocupamos de la cita, de la inscripción del nacimiento y de las citas del DNI y el pasaporte.
Venir a estudiar, quedarte a trabajar al terminar y conseguir que tu título de origen tenga efectos en España.
Desde tu país
Visado de estudios en origen
Para estudios superiores, formación profesional o investigación. Incluye la carta de admisión, los medios económicos, el seguro médico y la cita en el consulado.
El reglamento vigente permite estudiar y trabajar hasta 30 horas semanales sin autorización aparte. Gestionamos las prórrogas anuales y el paso a residencia al acabar.
La homologación equipara tu título a uno español y habilita para las profesiones reguladas. La equivalencia reconoce el nivel académico. Preparamos el expediente y respondemos a los requerimientos.
Qué incluye
Análisis previo de viabilidad y de la vía correcta
Los trámites del día a día que sostienen todo lo demás. Sin NIE, sin padrón y sin certificados no avanza ningún expediente.
Primera gestión
NIE y TIE
El NIE hace falta para trabajar, abrir una cuenta, firmar un alquiler o comprar una vivienda. La TIE es la tarjeta física que acredita tu autorización. Conseguimos la cita y te acompañamos si lo necesitas.
Padrón, antecedentes penales de España y de tu país, vida laboral, certificados de residencia y de matrimonio. Nos ocupamos de la cita y de tener el papel a tiempo.
Conseguir la residencia es el principio. Te llevamos el alta de autónomo, los trimestres, las nóminas de tus empleados y la renta, con el mismo interlocutor de siempre.
Cuando la resolución llega en contra o hay una orden de expulsión encima de la mesa, todavía quedan plazos y quedan opciones.
Plazos cortos
Recursos frente a denegaciones
Leemos la resolución, localizamos el defecto y presentamos el recurso que toca: reposición, alzada o contencioso. Los plazos son cortos, así que conviene no dejar pasar los días.
Entramos desde que se abre el expediente: alegaciones, medidas cautelares, sustitución de la expulsión por multa y levantamiento de la prohibición de entrada.
Qué incluye
Alegaciones en plazo en el expediente sancionador
Suspensión cautelar de la expulsión
Sustitución de la expulsión por multa
Levantamiento de la prohibición de entrada en el SIS
Acompañamos la solicitud desde la cita de manifestación de voluntad hasta la entrevista y la resolución. Incluye la documentación provisional que te habilita a trabajar.
Qué incluye
Cita de manifestación de voluntad y formalización
Preparación del relato y de la prueba
Renovación de la tarjeta roja y permiso de trabajo